Considerando:
1. Las modificaciones introducidas en la Asamblea ordinaria del 29 de Abril de 2006.
2. Las consultas recibidas por parte de Autores y Fotoclubes sobre el alcance de las mismas.
3. Las presentaciones efectuadas en el V Salón Anual de Arte Fotográfico del Foto Club Tigre (primer Salón que introdujo dichas modificaciones).
El Comité Central de la Federación Argentina de Fotografía resuelve emitir la siguiente resolución aclaratoria e interpretativa:
1. Se eliminó la sección Digital Pictórica y se cerró el ranking de dicha sección con los resultados del Salón FAF. Estas obras, como excepción salvo el primer premio, podrán ser presentadas en la sección Papel Color, Monocromo o Naturaleza Papel a decisión del autor.
2. La sección Digital Contemporánea cambió su denominación por Digital Intervenida. De esta manera todas las fotografías presentadas (premiadas y aceptadas salvo el primer premio) en la sección Digital Contemporánea podrán ser presentadas solamente en la sección Digital Intervenida.
3. En las Secciones Monocromo, Papel Color y Naturaleza Papel podrán presentarse obras sin importar el medio (cámara analógica o cámara digital) por el cual han sido obtenidas. De tal manera la interpretación es la siguiente:
 |
a. Sección Monocromo: Las fotografías monocromas podrán ser realizadas por cualquier procedimiento fotográfico sin importar el medio (cámara analógica o cámara digital) por el cual han sido obtenidas. La toma de las mismas deberá ser directa. Cualquier corrección o modificación deberá limitarse a mínimos retoques o ajustes de imperfecciones, no pudiéndose en ningún caso modificar el contenido de la escena original. Se admitirá el uso de un virado parcial o total.
b. Sección Papel Color: Las fotografías podrán ser realizadas por cualquier procedimiento fotográfico sin importar el medio (cámara analógica o cámara digital) por el cual han sido obtenidas. La toma de las mismas deberá ser directa. Cualquier corrección o modificación deberá limitarse a mínimos retoques o ajustes de imperfecciones, no pudiéndose en ningún caso modificar el contenido de la escena original. No se admiten los coloreados a mano.
c. Sección Naturaleza Papel: La Fotografía de naturaleza deberá representar animales vivos no adiestrados y plantas no cultivadas, en su entorno natural; la geología y la gran diversidad de los fenómenos naturales, yendo de los insectos a los icebergs. Las fotos de animales domésticos, retenidos en jaulas o sometidos a cualquier forma de restricción, así como plantas cultivadas, son inadmisibles. Una intervención mínima del hombre es aceptada para el tema Naturaleza, como por ejemplo búhos de granja o cigüeñas, que se adaptan a un entorno modificado por la acción del hombre, o formas naturales, tales como huracanes o corrientes violentas. Toda manipulación o modificación de la imagen original debe limitarse a mínimos retoques de imperfecciones y no puede en ningún caso modificar el contenido de la escena original. Después de haber satisfecho estas condiciones, todo esfuerzo será hecho a fin de que las fotos de Naturaleza sean del más alto nivel artístico (Norma FIAP). Se aceptan fotografías tanto en papel color como en monocromo. Las fotografías podrán ser realizadas por cualquier procedimiento fotográfico sin importar el medio (cámara analógica o cámara digital) por el cual han sido obtenidas. La toma de las mismas deberá ser directa.
d. Sección Imagen Digital Intervenida (ex Contemporánea): Se entiende por fotografía intervenida aquella que sea creativa, experimental, imaginativa y/o apartada de una representación de la realidad. Se aceptan fotografías tanto en papel color como en monocromo. En esta sección se admitirá toda obra que en algún momento de su elaboración haya sido objeto de un proceso de arte digital. La o las imágenes que la componen deberán ser propiedad del autor y las posibles modificaciones deberán ser realizadas o supervisadas por él mismo o bajo su dirección personal. |
4. Se aconseja que todos los salones cuenten con la categoría Digital Intervenida.
5. Las modificaciones se encuentran en plena vigencia desde el V Salón Anual de Arte Fotográfico del Foto Club Tigre.
6. Las obras que corresponderían a la Sección Intervenida y que fueron aceptadas o premiadas en el V Salón Anual de Arte Fotográfico del Foto Club Tigre en la Sección Monocromo o Papel Color no podrán volver a presentarse en estas secciones. Asimismo estas obras no podrán presentarse en la Sección Intervenida por estar vigente la prohibición del cambio de sección.
7. A su vez se detectaron, en dicho Salón, obras vencidas y obras cambiadas de sección, las cuales serán retiradas del mismo.
8. El autor tendrá la responsabilidad primaria por el cumplimiento de la reglamentación vigente. El Foto Club enviante tendrá la responsabilidad secundaria y el Foto Club convocante del Salón tendrá la responsabilidad terciaria. El jurado tendrá la facultad de declarar cualquier obra como fuera de reglamento.
9. Todas las obras deberán contener en el dorso, sin excepción: Nombre del Autor y Honores, Nombre de la Obra, Sección en la que participa, Foto Club que pertenece el autor y condición de la obra, en caso de no ser inédita la fecha de la primera aceptación.
10. Se Recuerda que no se aceptaran, para participar en los Salones, las obras que no se encuentren incorporadas en las planillas del Foto Club enviante.
11. Los fallos de los Jurados FAF son inapelables.
12. El Comité Central de la Federación Argentina de Fotografía se reserva el derecho de resolver en forma inapelable cualquier interpretación de las cláusulas y toda situación no prevista.
13. Se recomienda a los Foto Club comunicar e informar a todos los autores sobre las normas para participar en los Salones con patrocinio FAF. A partir de la fecha no se admitirá como argumento la falta de información al respecto.
|